Objetivo Social

Objeto Social de TRILLO GESTIÓN MUNICIPAL SL

 

El objeto social de la entidad es la promoción, apoyo y gestión de equipamientos y actividades económicas y sociales que contribuyan al desarrollo socioeconómico del municipio de Trillo, potenciando iniciativas generadoras de riqueza y empleo. Dentro de este objeto social se comprenden las siguientes actividades: 

 

  1. La gestión y explotación de servicios o actividades económicas por cuenta propia o que se le encargue o encomiende como medio propio o servicio técnico del Ayuntamiento en relación con equipamientos, edificios o instalaciones públicas. 
  2. La gestión y explotación de equipamientos y servicios de índole cultural, turística y deportiva para mejorar el aprovechamiento turístico y la promoción del sector y actividades turísticas y de ocio en el municipio de Trillo.

 

La sociedad pública local Trillo Gestión Municipal S.L., tiene, a efectos de lo dispuesto en el artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la condición de medio propio instrumental y servicio técnico del Ayuntamiento de Trillo. 

El Ayuntamiento de Trillo podrá encargar a la Sociedad la realización de trabajos, servicios y cualesquiera actuaciones realizadas con su objeto social siempre que no supongan el ejercicio de potestades administrativas. Dichos encargos serán de ejecución obligatoria para la sociedad y se retribuirán por referencia a tarifas fijadas con criterio de suficiencia económico-financiera. Constituirán también el objeto social todas aquellas operaciones anexas necesarias y consecuentes con las actividades antes mencionadas.

La sociedad podrá gestionar y aplicar las subvenciones o ayudas de cualquier tipo que para la ejecución del citado objeto social que reciba el ayuntamiento, de cualquier administración u organismo público o privado y así se acuerde por el Ayuntamiento de Trillo.

El objeto social se podrá realizar por la sociedad de forma directa o indirecta, incluso mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido, pudiendo para ello, constituir las sociedades mixtas o participadas que fuere necesario.

Para la realización del objeto social, la Sociedad podrá llevar a cabo todo tipo de actuaciones necesarias para su cumplimiento, sin otros límites que los establecidos por el ordenamiento jurídico, pudiendo incluso ostentar el carácter de beneficiaria, previsto en la legislación sobre expropiación forzosa.